Sogamoso, 10 de diciembre de 2024
Señor:
HUGO FERNANDO MANTILLA
Representante Legal
AUTOS Y CAMIONES DE BOYACÁ SAS.
Tunja
REF: Respuesta observaciones proceso de Contratación Simplificada No. 2024-066.
El Agente Especial de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P. -COSERVICIOS S.A. E.S.P., Ingeniero JORGE ELIÉCER CARO BELLO, de acuerdo con las atribuciones dispuestas en la resolución SSPD -20231000866565 calendada el 27 de diciembre de 2023, en concordancia al acta de posesión al cargo designado el 28 de diciembre de 2023, por medio del presente escrito concede respuesta a las observaciones referidas en el oficio del 9 de diciembre del presente año, por el Representante Legal de la empresa AUTOS Y CAMIONES DE BOYACÁ S.A.S., en el proceso de Contratación Simplificada No. 2024-066, -OBJETO: » COMPRA DE TRES VEHÍCULOS TIPO CAMIONETA 4X4, CUATRO PUERTAS CON PLATÓN PROTEGIDO EN PLÁSTICO Y BARRA ANTIVUELCO PARA LABORES PROPIAS DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO
Y ALCANTARILLADO » así:
Solicita el oferente tener en cuenta las siguientes observaciones:
1.LLANTAS Y RINES – ACEPTAR 245/70R16
2.CAPACIDAD DE CARGA – ACEPTAR MÍNIMO 1059
Respuesta observación 1. LLANTAS Y RINES:
Se rechaza la observación en el entendido que debido a las exigencias propias del trabajo para
el cual se solicitan las camionetas para lograr un alto rendimiento en todo terreno, la mínima dimensión que se requiere es: «RADIALES 245/70/R17», como se estipuló en el Pliego de Condiciones del Proceso en mención, en el Capítulo II, Requisitos de Habilitación, numeral 2.3 Requisitos Técnicos -Especificaciones del Objeto contractual.
Respuesta observación 2. CAPACIDAD DE CARGA:
La observación planteada en este sentido no se acepta, pues según los análisis de capacidad de carga a los que habitualmente se ve sometido un vehículo para la operación diaria de acueducto y alcantarillado, da como resultado un valor mínimo de «1064 kg», como se señaló en el Capítulo II, Requisitos de Habilitación, numeral 2.3 Requisitos Técnicos – Especificaciones del Objeto contractual.
I.Favor informar los requisitos y documentación para activarse como proveedor de la entidad.
Frente a la solicitud que precede, se informa que para registrarse como proveedor en la base de datos de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., se requiere que el interesado allegue a la Dirección de Asesoría Legal la manifestación de interés por escrito, acompañado de certificado de existencia y representación legal y/o certificado de persona natural, expedido por la Cámara de Comercio con vigencia de tres meses, RUT y fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
De otra parte, la inscripción de oferentes interesados en participar en un Proceso de Selección Simplificada, como el que nos ocupa, debe ser realizada por la persona natural o el representante legal de la empresa acompañada del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no mayor de 30 días, y fotocopia de la cédula de ciudadanía. En caso de no ser realizada por el Representante Legal deberá anexar poder autenticado del Representante Legal a la persona a la que le confiere la facultad de inscripción, acompañada de la cédula de ciudadanía, como expresamente se señala en el numeral 6.2., del Capítulo VI del pliego de condiciones del Proceso de Contratación Simplificada No. 2024-066
III. Favor informar los valores de retención y de estampillas que cobra la entidad.
3.1. RETENCIÓN
Por concepto de retención en la fuente -Retefuente- se informa que se liquida con el pago del contrato, el cual equivale al 1% del valor total del mismo y un RetelCA por valor de 0.6%
3.2. ESTAMPILLAS
En relación con las estampillas Pro-Cultura y Pro -Adulto Mayor, mencionadas en el pliego de condiciones, se aclara que se trata de un Impuesto Municipal -Estatuto de Rentas del Municipio cuyo valor corresponde al 2% y al 3%, respectivamente, del valor total del Contrato, que debe ser liquidado antes de IVA. Valores que no recauda COSERVICIOS S.A. E.S.P., sino que deben ser pagados ante la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía Municipal.
Se informa igualmente que, al momento de realizar la liquidación del contrato, de conformidad con el Decreto 030 de 2017, la Compañía debe realizar la retención de la estampilla Pro Cultura de la Gobernación de Boyacá por un valor de 1.5% del valor total del mismo, ante del IVA.
JORGE ELIÉCER CARO BELLO
Agente Especial