Sogamoso, 31 de enero de 2025
Ingeniero:
RICARDO CAMARGO CHAPARRO
GERENTE LEGO INGENIERIA S.A.S.
legoingenieriacolombia@gmail.com
Asunto: Respuesta a solicitud de no exigencia del requisito de inscripción en el RUP.
Ingeniero Camargo,
En atención a su solicitud referente a la no exigencia del requisito de inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP) para la celebración del contrato con la Compañía De Servicios Públicos De Sogamoso S.A. E.S.P.- COSERVICIOS S.A. E.S.P., nos permitimos informarle lo siguiente:
El Registro Único de Proponentes (RUP) es un mecanismo de inscripción de carácter legal en el cual deben registrarse todas las personas naturales o jurídicas nacionales, así como las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con entidades estatales. Este registro tiene como finalidad garantizar la idoneidad y capacidad de los proponentes para la contratación con el Estado.
No obstante, teniendo en cuenta que COSERVICIOS S.A. E.S.P. no es una entidad estatal, la exigencia del RUP no resulta aplicable en este caso. Por lo tanto, su solicitud ha sido revisada y se confirma que dicho requisito no es necesario para la suscripción del contrato en cuestión.
Agradecemos su comunicación y quedamos atentos a cualquier inquietud adicional.
Atentamente,
JOSE FELIPE CHAPARRO CAMARGO.
GERENTE
Elaboró: William David Pérez Suárez- Profesional de Apoyo DAL
Reviso: Luis David González- Director Asesoría Legal
V.B.: Luis David González- Director Asesoría Legal